Aunque el tema no es la primera vez que se discute, y que España ya había recibido anteriormente la recomendación de la ONU de elevar la actual edad de consentimiento sexual de 13 a 15 años, ahora sí va en serio, y se elevará a 16 años. Esta modificación trae penas para los adultos que tengan relaciones sexuales con menores de 16, que aunque sean relaciones sexuales con consentimiento, serán consideradas ilegales y se expondrán a una de pena de dos a seis años dependiendo de la edad del menor.
Así que relaciones con menores de hasta 12 años, con penetración vaginal, anal o bucal, tendrán sus consecuencias. Sin embargo, los que tengan relaciones consensuadas con menores de 16 años pero con edad próxima a la edad de la víctima o por desarrollo y madurez, será el juez el que decida culpabilidad o no. El anteproyecto de reforma del Código Penal, había fijado previamente esa edad de consentimiento sexual se había fijado en 15 años.
Como hemos dicho, con esto se hace eco aunque algo tarde de la recomendación de la ONU a España, debido a que el país tiene una de las edades de consentimiento sexual más bajas de Europa: 13 años; mientras que en el resto de países europeos es de 14, 15 o 16 años. Entre las penas, tener actos de carácter sexual con un menor de 16 años será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años.
… acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos […], el responsable será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años. Además… “El consentimiento libre del menor de 16 años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo, cuando el autor sea una persona próxima a la víctima por edad y grado de desarrollo o madurez”. La edad mínima para contraer matrimonio pasará de 14 a 16 años, la edad legal en España para tener relaciones sexuales y para casarse será la misma.